TELEMEDIACIÓN FAMILIAR EN LÍNEA
Mediación familiar profesional para transformar conflictos en acuerdos legales claros y sostenibles:
Atención 100 % en línea, sin traslados ni esperas, desde cualquier lugar confidencial.
Requisito territorial: al menos una de las partes debe vivir en alguna comuna de la jurisdicción del Juzgado de Familia de Osorno, estas son: San Pablo, Osorno, Puyehue, Puerto Octay o San Juan de la Costa.
La otra parte puede residir en cualquier ciudad de Chile o en el extranjero, en países en convenio con Chile.
Proceso ágil y eficiente para:
No terminar en demandas judiciales, en donde las partes se ven como "enemigos".
No pagar costosos honorarios de abogados en demandas que tardan meses, engorrosas y desgastantes.
Favorecer decisiones informadas y legalmente viables.
Coordinar audiencias remotas de lunes a domingo, en horarios flexibles.
Todo se realiza desde el domicilio o cualquier lugar que asegure confidencialidad sin intervenciones de terceros ajenos, evitando:
Permisos laborales.
Inasistencias a clases.
Interrupciones en atención de salud u otras actividades esenciales.
La mediación remota o por videoconferencia está regulada por:
Artículo 109 bis de la Ley 19.968 de Tribunales de Familia.
Artículo 161 letra a) del Código Penal chileno.
Esta normativa asegura un procedimiento seguro, válido y reconocido.
Enfoque en la resolución colaborativa de conflictos familiares mediante:
Diálogo respetuoso.
Fortalecimiento de vínculos.
Prioridad al bienestar integral de todas las personas involucradas y en especial de niños, niñas y adolescentes.
"Acompañamiento cercano, profesional y humano para convertir los conflictos familiares en acuerdos sólidos, efectivos , duraderos y absolutamente legales, estés donde estés"
"Paola Aedo Peralta – Mediadora Familiar en Osorno, especialista en mediación online y en transformar conflictos en soluciones cercanas, respetuosas y constructivas que generan bienestar real"
Agenda con confianza una sesión de mediación familiar en línea al +56952299238 y da hoy el primer paso hacia una convivencia más serena, segura y armoniosa
Más de 21 años de experiencia en mediación y miles de causas APROBADAS con resolución judicial por Tribunales de Familia respaldan una trayectoria que inspira confianza, ofreciendo una atención personalizada y eficiente con Actas de Acuerdos de Mediación en materia de pensión de alimentos, cuidado personal y/o relación directa y regular con igual valor legal de sentencia judicial en "derechos y deberes"

Mediadora Paola Aedo Peralta: más de 21 años de experiencia y miles de causas aprobadas con resolución judicial que respaldan acuerdos sólidos, seguros y duraderos.
Bienvenida de Paola Aedo Peralta, Mediadora Familiar de Osorno
Bienvenidas y bienvenidos al sitio web de Paola Aedo Peralta, Mediadora Familiar de la ciudad de Osorno, dedicada a acompañar a las familias en la construcción de acuerdos justos, respetuosos y sostenibles en el tiempo.
Con más de 21 años de experiencia y miles de causas aprobadas con resolución judicial por los Tribunales de Familia, la mediación se orienta a la resolución colaborativa de pensiones de alimentos, cuidado personal y relación directa y regular de niños, niñas y adolescentes, priorizando siempre su bienestar integral.
La mediación se desarrolla en un ambiente de respeto, escucha activa y confidencialidad, promoviendo el diálogo y la construcción de acuerdos que permitan a cada familia avanzar con mayor seguridad y tranquilidad.
Existe además una amplia experiencia en la dirección de procesos de mediación online, de acuerdo con el procedimiento establecido por el artículo 109 bis de la ley 19.968 de Tribunales de Familia y en concordancia con el artículo 161 letra a) del código penal , lo que facilita la participación de todas las partes desde cualquier lugar, de forma segura y eficiente.
Este espacio está diseñado para ofrecer una atención cercana, profesional y responsable, orientada a encontrar soluciones pacíficas y efectivas a los conflictos familiares.

RESERVA TU HORA DE MEDIACIÓN ONLINE HACIENDO CLIC EN EL BOTÓN INFERIOR

IMPORTANTE!!: Toda la tramitación de la mediación ONLINE o remota se basa según los establecido por el artículo 109 bis de la ley 19.968 de Tribunales de Familia y por las restricciones de confidencialidad que establece el artículo 161 letra a) del código penal, queda estrictamente prohibida la intervención de terceras personas no convocadas por la Mediadora a las sesiones de mediaciones en línea. Tampoco se admite la presencia de abogados.
SE DEJA EXPRESA CONSTANCIA QUE ESTA MEDIADORA DESARROLLA TODO EL PROCESO USANDO VÍAS TECNOLÓGICAS CON LAS PARTES Y EL TRIBUNAL DE FAMILIA DE OSORNO 100% ONLINE

Qué materias puedes regular a través de TELEMEDIACIÓN o mediación online?
- PENSIÓN DE ALIMENTOS:
Regulación de pensión alimenticia por primera vez.
Aumentos de pensión de alimentos
Rebajas de pensión de alimentos
Ceses o término de la obligación legal de entregar pensión de alimentos
Pensión de alimentos solicitada entre cónyuges
Pensión de alimentos solicitadas por hijos mayores de edad y menores de 28 años de edad
Pensión de alimentos solicitado por el o la cuidadora a favor de adultos mayores
Pensión de alimentos entre hermanos
Regulación de pensiones de alimentos, aumentos, rebajas y ceses entre chileno con domicilio en el territorio jurisdiccional del Juzgado de Familia de Osorno y extranjero (países en convenio con Chile)
- CUIDADO PERSONAL:
Cuidado personal unilateral (a favor del padre o madre)
Cuidado personal modificación
Cuidado personal compartido
Cuidado personal solicitado por terceros (sujeto a evaluación de requisitos legales)
RELACIÓN DIRECTA Y REGULAR (visitas):
Primera regulación de vinculación o régimen entre el niño, niña o adolescente con el progenitor que no se encuentre bajo su cuidado personal
Modificación de la regulación de relación directa y regular anterior
Solicitudes de régimen de visitas entre abuelos y nietos o cualquier otro familiar
Regulación de relación directa y regular entre chileno (a) viviendo en el territorio jurisdiccional del Juzgado de Familia de Osorno y la otra parte en el extranjero (países en convenio con Chile)
VALORES:
Si bien el Decreto Exento 277 del presente año establece que debe pagarse los servicios de mediación por sesión cada una con un valor máximo de $ 130.602, esta Mediadora ha decido realizar el cobro de la siguiente forma para facilitar el acceso económico y de calidad a mediación online:
- ABONO a cancelar antes de iniciar la mediación NO REEMBOLSABLE de $ 50.000 ya que ese es el valor del Certificado de Mediación Frustrada , en caso de que previa "evaluación de la Mediadora" no sea posible por causal legal llegar a acuerdos. Ese documento es obligatorio para poder iniciar demanda judicial con abogado en el Tribunal de Familia.
- En el caso de resultar la mediación con Acta de acuerdos como sucede en la mayoría de los casos el valor es de $ 100.000 (por lo que se descuenta el 50% del abono ya cancelado y se cancela los $ 50.000 al finalizar la audiencia de mediación online ya sea por transferencia o depósito bancario)

